🛑 Milei vetó Decreto 424/2025

1. ¿Qué establece el Decreto 424/2025?


2. ¿Qué medidas estaban previstas en el proyecto vetado?

  1. Declaración de zona de emergencia por 180 días.
  2. Creación de un fondo extraordinario de $200 mil millones bajo la Jefatura de Gabinete.
  3. Plazos de gracia para contratos, créditos y ejecuciones.
  4. Exenciones fiscales para damnificados.
  5. Obras públicas con mano de obra local.
  6. Control de fondos por organismos de contralor.
  7. Créditos blandos de Banco Nación para la reconstrucción puntanoticias.com.ar.
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3. ¿Por qué Milei vetó Decreto 424/2025?

a) Las mismas acciones ya fueron puestas en marcha

El Gobierno argumenta que esas medidas ya fueron implementadas por el Decreto 238/25, del 31 de marzo de 2025, tras el temporal, creando también un fondo de $200 mil millones y el “Suplemento Único para la Reconstrucción (S.U.R.)puntanoticias.com.ar+1boletinoficial.gob.ar+1.

  • El 85,43 % de inscriptos ya recibió el S.U.R.
  • El 10,55 % está en revisión.
  • Solo el 4,01 % fue rechazado puntanoticias.com.ar.
  • Ya funcionan formularios digitales y call-center para gestionar los pagos .

b) Inclusión de Coronel Rosales “imposible de cumplir”

La AGENCIA FEDERAL DE EMERGENCIAS informó que solo Bahía Blanca fue técnicamente afectada; sumarse Coronel Rosales sería inviable s3.arsat.com.ar+2puntanoticias.com.ar+2boletinoficial.gob.ar+2.

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c) Falta de indicación presupuestaria

El proyecto no señalaba la fuente de financiamiento, incumpliendo las leyes N° 24.156 y 24.629 (artículo 38) que exigen presupuesto explícito. Por ello, según el Ejecutivo, su sanción habría quedado suspendida boletinoficial.gob.ar+2puntanoticias.com.ar+2s3.arsat.com.ar+2.

d) Desequilibrio con las finanzas públicas

Afirmaron que agregar otro desembolso echaría por tierra la política económica actual y duplicaría recursos ya asignados por el decreto previo boletinoficial.gob.ar.


4. ¿Qué implica el veto y qué sigue ahora?

  • El veto total devuelve el proyecto al Congreso para que revise observaciones o lo reformule boletinoficial.gob.ar+1puntanoticias.com.ar+1.
  • Constitucionalmente respaldado por el artículo 83 de la Constitución Nacional, que permite al Ejecutivo vetar por razones formal-materiales de oportunidad, mérito y razonabilidad boletinoficial.gob.ar+1boletinoficial.gob.ar+1.
  • Es un mecanismo frecuente: ya se ha usado en anteriores gestiones para controlar gastos o aspectos técnicos que el Ejecutivo considera improcedentes .
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5. ¿Qué traen de nuevo?

🧩 Datos actualizados

💡 Consejos útiles

  • Si estás bajo revisión, controla tus datos y facturas: están otorgando plazos para subsanar.
  • Si sos de Coronel Rosales y sufriste daños, podés exigir al Congreso una reevaluación del veto.
  • Seguí el Boletín Oficial para saber cómo avanza el fondo del Decreto 238/25.

🔮 Visión política

¿Fue el veto un acto racional de defensa fiscal o un freno a la ayuda social? ¿Se repetirá en otros proyectos “duales” con decretos? Estas tensiones entre Congreso y Ejecutivo revelan cómo se equilibra la urgencia social y la legalidad presupuestaria.

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6. Reflexión provocadora

Este veto te deja con una pregunta: ¿sirve acatar la formalidad legal si puede paralizar la asistencia ante desastres? En una emergencia, ¿vale más la rapidez de los decretos o la previsibilidad de un proyecto de ley bien financiado?


Qué medidas específicas contempla el decreto para la recuperación de Bahía Blanca tras las inundaciones

Las medidas específicas contempladas para la recuperación de Bahía Blanca tras las inundaciones, según el proyecto de ley vetado pero detallado en fuentes oficiales, incluyen:

  • Declarar a Bahía Blanca y Coronel Rosales zona de emergencia y catástrofe por 180 días, con posibilidad de extensión por parte del Ejecutivo23.
  • Crear un fondo especial de 200.000 millones de pesos para atender los daños, destinado a subsidios y créditos para:
    • Reconstrucción de la infraestructura edilicia pública (nacional, provincial y municipal).
    • Construcción y reparación de viviendas afectadas.
    • Normalización de servicios públicos.
    • Refuncionalización de actividades económicas afectadas, favoreciendo la producción local de materiales e insumos23.
  • Otorgar plazos de gracia en contratos civiles y comerciales, operaciones bancarias y financieras, y suspensiones de ejecuciones hipotecarias, prendarias, judiciales y extrajudiciales para los damnificados2.
  • Establecer líneas de crédito preferenciales a través del Banco Nación para la reconstrucción de viviendas familiares y asistencia a sectores productivos afectados, con tasas preferenciales y plazos de gracia23.
  • Priorizar la contratación de recursos humanos y materiales locales para las obras de infraestructura y reconstrucción2.
  • Articular con el gobierno bonaerense para eximir de impuestos y tasas municipales a los afectados12.
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Además, el Gobierno Nacional ya implementó un “Suplemento Único para la Reconstrucción” (SUR), un subsidio directo a familias afectadas, administrado por la Agencia Federal de Emergencias, que beneficia tanto a propietarios como a inquilinos y que se otorga tras presentar comprobante de servicio público para garantizar la asistencia a quienes realmente la necesitan5.

En resumen, las medidas comprenden asistencia financiera directa, créditos blandos, subsidios, plazos de gracia en obligaciones contractuales, reconstrucción de infraestructura y viviendas, apoyo a la reactivación productiva y exenciones fiscales, todo orientado a la recuperación integral de Bahía Blanca tras las inundaciones de marzo de 20251235.

Por qué el gobierno vetó la creación de un fondo especial para Bahía Blanca

El gobierno vetó la creación de un fondo especial de 200.000 millones de pesos para Bahía Blanca porque ya había implementado medidas similares mediante el Decreto 238/25, que creó el “Suplemento Único para la Reconstrucción” (SUR), un programa con fondos gestionados por el Ministerio de Seguridad que ya benefició a más del 85% de los inscriptos afectados por las inundaciones1235.

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Además, el Ejecutivo argumentó que el proyecto de ley sancionado por el Congreso carecía de una partida presupuestaria específica para financiar el fondo, incumpliendo las leyes de administración financiera vigentes, lo que constituyó un motivo formal para el veto145.

También se destacó que el Banco Nación ya está facultado para otorgar líneas de crédito preferenciales para la reconstrucción sin necesidad de una ley adicional, y que parte de la asistencia se financia con préstamos internacionales, por lo que no era necesaria la creación de un fondo especial adicional5.

Por último, el gobierno rechazó incluir a Coronel Rosales en el plan de asistencia, basándose en informes técnicos que no consideraban esa zona como una de las más afectadas1.

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En resumen, el veto se fundamentó en que las medidas de emergencia y asistencia ya estaban en marcha y cubrían las necesidades, que el proyecto no tenía financiamiento específico y que existían mecanismos ya vigentes para otorgar créditos y subsidios a los damnificados1235.

🔍 ¿Y ahora qué?

  • El Congreso puede insistir, modificando el financiamiento y ajustando la inclusión de zonas.
  • Podría abrirse una discusión más amplia sobre cómo legislar ante emergencias naturales sin duplicar esfuerzos ni descuidar los controles.
  • Todos los damnificados —tanto de Bahía Blanca como de Coronel Rosales— tendrán que seguir atentos a los pasos del Poder Legislativo en las próximas semanas.
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