Introducción al Cierre de Operaciones
El cierre de operaciones de servicios administrativo financieros (SAF) es un proceso fundamental que asegura la correcta transferencia de patrimonio y el cumplimiento de las normativas vigentes. Según la resolución del 11 de septiembre de 2025 emitida por la Secretaría de Hacienda – Ministerio de Economía, este procedimiento se ha modificado para adaptar las normas anteriores al sistema e-sidif, optimizando así los recursos disponibles.
Responsabilidades de los Funcionarios

Los secretarios o funcionarios equivalentes de los SAF que estén involucrados en la modificación tienen la responsabilidad de ejecutar no solo la transferencia del patrimonio al organismo continuador, sino también de elaborar los proyectos de modificación presupuestaria necesarios. Es crucial que se registren adecuadamente todas las operaciones presupuestarias, contables y financieras. En caso de que aparezcan impedimentos operativos, la responsabilidad se transfiere al SAF continuador, asegurando que todos los aspectos del cierre sean correctamente gestionados.
Disposiciones Especiales y Sanciones

En situaciones donde sea necesaria la transferencia de saldos, se permite la emisión de “orden de pago sin imputación presupuestaria” (OP NPR). No obstante, es importante destacar que el incumplimiento de los procedimientos establecidos puede resultar en sanciones bajo la normativa vigente, reflejando la importancia de seguir el protocolo al pie de la letra. Las entidades encargadas, como la Contaduría General de la Nación, están facultadas para emitir normas aclaratorias que fortalezcan el cumplimiento del procedimiento.

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