Condiciones Establecidas para la Contraprestación Económica de Álamo S.R.L.

Introducción a la Resolución del Interventor

La reciente resolución del interventor del ente nacional de comunicaciones es un importante desarrollo que afecta a Álamo S.R.L. en su relación con la cooperativa regional de provisión de servicios públicos y sociales del oeste pampeano.

Detalles de la Contraprestación Económica

De acuerdo con el artículo 1° de la resolución, se ha establecido que el valor de la contraprestación económica que Álamo S.R.L. (c.u.i.t. n° 33-67165818-9) deberá abonar mensualmente es de $1.572,29 por cada 100 metros lineales de tendido. Este cargo se debe abonar a la cooperativa regional (c.u.i.t. n° 30-60823333-0) por la utilización de infraestructura pasiva, específicamente postes, en la localidad de 25 de mayo, partido de Puelén, provincia de La Pampa.

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Implicaciones y Siguientes Pasos

El artículo 2° de la misma resolución indica que es necesario registrar esta decisión y comunicarla a las partes interesadas, así como publicarla en la dirección nacional del registro oficial. Esta medida asegura que tanto Álamo S.R.L. como la cooperativa regional estén alineadas con las nuevas condiciones establecidas y contribuye a una clara gestión de sus obligaciones económicas a lo largo del período de mayo a diciembre de 2024.